La Suprema Corte da la razón al órgano regulador e impide la integración del padrón de usuarios de telefonía móvil.
canva.com
Norma Lucía Piña, ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió la controversia en contra del Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) y a favor del Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFETEL).
Esta prerrogativa impide que el IFETEL integre de inmediato el padrón, así como el uso de recursos de la dependencia para la conformación del mismo.
Además, como parte de los efectos de la suspensión se detendrán las campañas de difusión del PANAUT, ello mientras la Corte resuelve de fondo si la naturaleza del padrón es inconstitucional o no.
“Se admite a trámite la demanda que hace valer en representación del Instituto Federal de Telecomunicaciones, sin perjuicio de los motivos de improcedencia que puedan advertirse al momento de dictar sentencia”, se lee en la resolución.
Argumentando no contar con los recursos para la integración inmediata del PANAUT, tal y como lo ordenaba la Ley Federal de Telecomunicaciones y Radiodifusión, el IFT promovió el pasado 26 de mayo diversas impugnaciones.
Además, el IFT sostuvo en su momento que no podría destinar recursos al PANAUT debido a que el presupuesto aprobado por el Congreso para su ejercicio 2021 no contemplaba una partida para echar a andar el padrón de datos biométricos de usuarios de teléfonos móviles.
Este martes, el Poder Judicial dio la razón a la institución: “Se concede la suspensión solicitada por el Instituto Federal de Telecomunicaciones, en los términos y para los efectos que se indican en este proveído”, enfatiza el documento.
En abril de este año, el IFT advirtió que la conformación del PANAUT costaría alrededor de 700 millones de pesos, dinero que tendría que salir de la caja del instituto regulador. No conforme con eso, se deberán destinar otros 100 millones de pesos para la operatividad del sistema.
Mención aparte para las implicaciones directas a los usuarios que no se inscriban en el PANAUT, pues la legislación estipula que se dejará sin servicio a aquellos que se nieguen a entregar sus datos biométricos, dando como plazo dos años a líneas preexistentes y seis meses a nuevos usuarios.
Con información de El Economista.
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