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Aduciendo que su texto actual no desvirtúa el proceso y éste ya dio inicio, una minoría de cuatro ministros bloquearon la inconstitucionalidad de la pregunta de revocación de mandato.
Twitter: @cpabogadossc
Y se impuso la mayoría.
La Corte rechaza modificar la redacción de la pregunta de revocación de mandato, y quedará como originalmente la redactó el Congreso de la Unión.
Así, el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) validó ayer martes la pregunta de la revocación de mandato a realizarse el próximo 10 de abril.
Una consistente, aunque insuficiente, mayoría de siete ministros apoyaron el proyecto de su par, Jorge Mario Pardo Rebolledo, para declarar la invalidez e inconstitucionalidad de la pregunta planteada en la Ley Federal de Revocación de Mandato (LFRM) con miras a evitar se manipule y confunda —más— con una “ratificación”. Aún así, no se alcanzaron los ochos votos mínimos requerido para declarar la inconstitucionalidad de su redacción.
Los siete ministros que avalaron el proyecto fueron:
1. Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena
2. Luis María Aguilar Morales
3. Jorge Mario Pardo
4. Norma Lucia Piña
5. Javier Laynez Potisek
6. Alberto Pérez Dayán
7. Margarita Ríos Farjat
Sostuvieron por el contrario la validez de la pregunta:
a. Loretta Ortiz Ahlf
b. Juan Luis González Alcántara Carrancá
c. Yasmín Esquivel Mosaa
d. Arturo Zaldívar (presidente de la SCJN).
Los tres primeros fueron propuesto por López Obrador y Zaldívar fue objeto de una prorroga de mandato.
Así se muestra el bloque con que la 4T podrá bloquear toda acción de inconstitucionalidad que le sea incómoda.
El proyecto del ministro Pardo buscaba acotar la pregunta de la siguiente manera:
“¿Estás de acuerdo en que a Andrés Manuel López Obrador, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza?”.
No obstante, al no alcanzar el mínimo de ocho votos requeridos, la preguntará quedará en sus términos originales: la que se especifica en la LFRM:
“¿Estás de acuerdo en que a Andrés Manuel López Obrador, Presidente de los Estados Unidos Mexicanos, se le revoque el mandato por pérdida de la confianza o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo?”.
Y fue el voto del ministro Zaldívar Lelo de Larrea el determinante para que no se alcanzaran los ochos votos mínimos requeridos para modificar la pregunta de la consulta.
200 diputados de la coalición Va por México presentaron en octubre pasado ante la Corte una acción de inconstitucionalidad contra la Ley de Revocación de Mandato por considerar que la pregunta para la revocación indebidamente ampliaba los efectos a una “ratificación”.
Ayer en el pleno, la ministra Ana Margarita Ríos Farjat razonó que recientemente se realizó una consulta de revocación de mandato para el gobernador de California Estado Unidos, “pero en ningún caso se le preguntó al ciudadano si deseaba la permanencia en el cargo del Gobernador. El cargo ya estaba ocupado por el Gobernador, la cuestión a dilucidar era si debía ser removido y quién estaría en su lugar”. Por ello, se decantó por acotar la pregunta.
Mientras que la ministra Yasmín Esquivel Mossa estimó que no existe disposición legal ni constitucional para redactar la pregunta ni de la Suprema Corte para modificarla, “por lo que basta que sea clara y produzca certeza para considerarla válida”.
Javier Laynez Potisek votó por acotar la pregunta y pidió confiar en la ciudadanía en que comprenderán el alcance de la consulta de revocación de mandato por pérdida de confianza como establece la Constitución.
Y razonó: “desde el momento en que coloca en la boleta la continuidad (…) esto desvirtúa la figura y se aparta de lo que el régimen constitucional nos ha previsto”.
Pero el ministro Zaldívar estimó inconveniente cambiar la pregunta porque ya comenzó el proceso de solicitar el ejercicio. Se pronunció por avalar la pregunta porque, a su juicio, “simplemente explicita las dos consecuencias posibles de un procedimiento de revocación de mandato. Si se vota en contra de la revocación de mandato, la consecuencia es que continúe el presidente hasta terminar su periodo. No entiendo en qué se desnaturaliza esto. Nada. No se convierte en un proceso de ratificación ni mucho menos de ampliación de mandato”.
Tales fueron los argumentos de constitucionalidad aducidos por el Presidente del poder Judicial de la Federación.
Con información de El Economista.
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