Economía


SCJN invalida objeción de conciencia a personal médico

La Suprema Corte consideró que se requieren lineamientos que no limiten el derecho a la salud de las personas.

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Por: Redacción
  • 20/09/2021

Este lunes la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) declaró la invalidez de la objeción de conciencia a personal médico, misma que se establece en el artículo 10 Bis de la Ley General de Salud; exhortarán al Poder Legislativo federal a corregir y establecer límites para que no se interponga con el derecho a la salud.

El artículo citado permitía al personal del sector salud negarse a practicar procedimientos médicos y quirúrgicos como la interrupción del embarazo, aunque esta fuese legal. Es debido a ello que la decisión de la SCJN evitará que dejen de prestar servicio médico argumentando convicciones religiosas, ideológicas, éticas y morales.

La objeción de conciencia tenía como excepción a su práctica casos específicos, como lo es atender a una persona cuya vida esté en riesgo o, en todo caso, tratándose de una urgencia de salud.

Los magistrados consideraron que faltan lineamientos para que la objeción de conciencia no limite el derecho a la salud de los pacientes.

La invalidez del artículo 10 Bis de la Ley General de Salud hará que el Congreso de la Unión tenga que volver a legislar sobre el tema.

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