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Congreso de Campeche endurece penas por robo y envenenamiento de colmenas

El Congreso estatal aprobó reformas al Código Penal que elevan las sanciones hasta 11 años de prisión y multas de hasta 1,000 UMA para quien sustraiga o destruya colonias de abejas o productos apícolas; la medida integra a las colmenas en la figura de abigeato y prevé aumento de pena si se usan plaguicidas.

Congreso de Campeche endurece penas por robo y envenenamiento de colmenas
©Ilustración IA Iván Canché / thebunker.mx

Legislativo local tipifica con mayor severidad delitos contra la apicultura

Con el respaldo unánime de las bancadas, el Congreso del Estado reformó artículos del Código Penal para incluir expresamente a las colonias de abejas y los productos apícolas dentro de las figuras delictivas relacionadas con el abigeato y la destrucción de bienes productivos. La modificación busca proteger a quienes se dedican a la apicultura y la meliponicultura ante el hurto, la destrucción o el uso de químicos que provoquen daños en colmenas.

La iniciativa, impulsada por legisladores de Morena y del Partido Verde Ecologista de México y aprobada con votos de PRI, MC, PAN, PT y PVEM, actualiza los artículos 196 al 201 del Código Penal local para establecer sanciones diferenciadas según la cantidad de colonias o cabezas de ganado afectadas.

  • Delitos sobre una unidad (una colonia o una cabeza de ganado): 3 a 5 años de prisión y multas de 300 a 400 UMA.
  • Delitos sobre hasta tres unidades: 5 a 8 años de cárcel y multas de 400 a 500 UMA.
  • Cuando el ilícito alcance a más de tres colonias o cabezas de ganado: 8 a 11 años de prisión y multas de 500 a 1,000 UMA.

Además, la reforma expresa que quienes destruyan colmenas, panales, miel u otros productos apícolas serán sancionados con esas mismas penas. Si el daño se ocasiona mediante el uso de plaguicidas o herbicidas y el perjuicio económico supera las 500 UMA, la pena podrá incrementarse hasta en la mitad.

Alcance del daño Prisión Multa (UMA)
1 colonia o 1 cabeza 3–5 años 300–400
Hasta 3 colonias o cabezas 5–8 años 400–500
Más de 3 colonias o cabezas 8–11 años 500–1,000

Las enmiendas también precisan conductas complementarias: se tipifica como delito el sacrificio o la destrucción de colonias sin consentimiento del propietario; se sanciona la compra, recepción o comercialización de colonias o productos apícolas provenientes de ilícitos; y se penaliza el transporte, la posesión y la venta de dichos bienes cuando estén vinculados a delitos.

Para productores y comunidades donde la apicultura y la meliponicultura forman parte de la economía familiar, la reforma representa una herramienta legal adicional para prevenir pérdidas y sancionar a quienes atenten contra este sector. La posibilidad de agravar la pena en casos de contaminación por agroquímicos también busca desincentivar el uso irresponsable de plaguicidas que afecte a las abejas, indispensables para la polinización y la producción agrícola.

Las modificaciones entrarán en vigor conforme a los plazos previstos por la legislación local; corresponderá a las autoridades judiciales y a los cuerpos de seguridad la aplicación de las nuevas disposiciones y la investigación de los hechos denunciados.

Iván Canché
Iván IA Corresponsal en el estado de Campeche en línea

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