Resolución y medidas impuestas
El Tribunal Electoral del Estado de Hidalgo declaró responsable a Yuri Rabindranath Ruiz Arriaga por actos de violencia política contra las mujeres en razón de género, derivado de publicaciones vinculadas a la página de Facebook “Tezontepec AL DÍA” dirigidas contra una funcionaria municipal de Tezontepec de Aldama cuya identidad se reservó. La decisión fue aprobada por unanimidad en el procedimiento TEEH-PES-005/2025.
Entre las consecuencias, el órgano jurisdiccional ordenó la inclusión de Ruiz Arriaga en los registros de personas sancionadas tanto a nivel estatal como nacional durante un año y seis meses. Además, el tribunal impuso la obligación de ofrecer una disculpa pública, acreditar un curso especializado en la materia y leer bibliografía sobre derechos humanos y erradicación de la violencia de género.
Fundamento y alcance del fallo
La ponencia del magistrado presidente, Leodegario Hernández Cortés, concluyó que las publicaciones contenían referencias a la vida privada y afectiva de la servidora pública y reproducían estereotipos que buscan deslegitimar a mujeres en espacios de decisión. En este sentido, el tribunal estableció que las expresiones rebasaron los límites de la libertad de expresión y tuvieron la intención de
“menoscabar el ejercicio de los derechos político-electorales”
El tribunal precisó que los mensajes no se configuraban como una crítica al desempeño del cargo ni como un debate sobre asuntos de interés general, sino como ataques encaminados a desacreditar a la víctima.
Procedimiento y evidencias
La denuncia fue presentada ante la autoridad electoral estatal y se siguió un procedimiento especial sancionador que incluyó medidas cautelares para retirar publicaciones. Durante la investigación, se solicitó información a Meta, que vinculó la cuenta de la página a Ruiz Arriaga; al momento de las diligencias varias publicaciones ya no estaban disponibles y una fue retirada por las autoridades.
- Inscripción en registros estatal y nacional por 18 meses.
- Obligación de ofrecer una disculpa pública y acreditar capacitación especializada.
- Remisión de la resolución al INE para actualización del registro nacional.
Implicaciones institucionales
El fallo refuerza la interpretación de que la libertad de expresión no protege mensajes que recurren a estereotipos de género para perjudicar la participación política de mujeres. Además, consolida la coordinación entre autoridades locales, nacionales y plataformas digitales en la investigación y sanción de este tipo de conductas.
| Medida | Detalle |
|---|---|
| Registro de sancionados | 18 meses (estatal y nacional) |
| Capacitación | Curso especializado sobre violencia política de género |
| Acto público | Disculpa pública y lectura de material sobre derechos humanos |
El precedente tiene efectos prácticos en la rendición de cuentas de comunicadores y asesores vinculados a plataformas digitales, y podría influir en cómo se abordan futuras denuncias por violencia política de género en el país. La remisión al Instituto Nacional Electoral implica que la resolución local será considerada en el registro nacional y, por ende, en políticas de sanción y prevención a escala federal.