Impacto judicial sobre la fiscalización de recursos para la reconstrucción
La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) resolvió la Controversia Constitucional 174/2025 y declaró la inconstitucionalidad del informe y del oficio de notificación emitidos por la Auditoría Superior del Estado de Guerrero relativos a la revisión de recursos federales que se aplicaron en la reconstrucción de Acapulco tras el huracán Otis. La auditoría cuestionada investigaba la aplicación de 898,633,453 pesos del Fondo de Aportaciones para la Infraestructura Social Municipal (FAISMUN).
El municipio se negó a colaborar con la revisión, argumentando que por tratarse de recursos de origen federal sólo la Auditoría Superior de la Federación (ASF) podía ejercer la fiscalización. Al resolver la controversia, la Corte le dio la razón a las autoridades municipales y dejó sin efectos el acto auditor y su notificación.
La decisión forma parte de una serie de sentencias recientes en las que la SCJN ha limitado la participación de auditorías estatales sobre fondos federales. En el expediente se mencionan precedentes como las controversias 248/2025 y 245/2025, casos promovidos por municipios de Tlaxcala que igualmente terminaron con la invalidación de auditorías estatales.
"La auditoría estatal habría sido válida de haber mediado ese acuerdo", reconoció la ponencia en uno de los fallos de referencia.
En el análisis de la resolución, emerge un punto clave: la anulación no se apoyó en una imposibilidad constitucional de coordinación entre fiscalizadores, sino en la ausencia de un convenio o de un anexo específico entre la ASF y la entidad local en el momento de practicar la revisión. Pese a ello, las autoridades firmaron posteriormente acuerdos para formalizar la colaboración entre instancias.
- Para Acapulco: la sentencia puede cerrar temporalmente la vía estatal para investigar la aplicación de recursos federales destinados a reconstrucción.
- Para la rendición de cuentas: aumenta la dependencia de la ASF y obliga a buscar convenios formales antes de practicar auditorías estatales.
- Para los ciudadanos: se complica el seguimiento local y la identificación rápida de presuntas irregularidades en obras y contratos relacionados con la emergencia.
La resolución plantea interrogantes sobre la capacidad de los gobiernos locales para supervisar recursos que se ejercen en su territorio, así como sobre los plazos y mecanismos que la ASF dispondrá para atender revisiones sobre montos relevantes. En Acapulco, donde la reconstrucción tras Otis sigue pendiente en varios frentes, la ausencia de una auditoría estatal válida sobre casi 900 millones de pesos limita temporalmente una vía de escrutinio público.
| Expediente | Municipio/Entidad | Resultado |
|---|---|---|
| 174/2025 | Acapulco, Guerrero | Anulación de auditoría estatal |
| 248/2025 | Atlangatepec, Tlaxcala | Anulación similar |
| 245/2025 | Contla de Juan Cuamatzi, Tlaxcala | Anulación por falta de convenio |
La resolución obliga a los gobiernos municipales y a las auditorías locales a garantizar la existencia de convenios formales con la ASF antes de iniciar revisiones sobre recursos federales. De no atenderse, la protección judicial a las gestiones municipales podría traducirse en menor transparencia y en tiempos más largos para esclarecer el destino de fondos de emergencia que, en Acapulco, tienen efectos directos sobre la reconstrucción de viviendas, infraestructura y servicios.