Decisión del Legislativo y alcance
El Congreso del Estado de Sinaloa aprobó este jueves un dictamen que aplaza hasta 2028 la celebración de la elección por voto ciudadano de los cargos del Poder Judicial local, que anteriormente estaba programada para 2027. La iniciativa, presentada por la Comisión de Puntos Constitucionales y Gobernación, obtuvo la mayoría calificada con un total de 30 votos a favor y registró 6 votos en contra.
Votación y oposición
De los sufragios en contra, el desglose fue el siguiente:
| Partido | Votos en contra |
|---|---|
| PRI | 3 |
| PAN | 2 |
| MC | 1 |
Motivo del cambio y efectos normativos
La modificación busca armonizar la fecha de la renovación de los juzgadores del Poder Judicial estatal con el calendario federal, conforme a los artículos transitorios del decreto que reformó la Constitución federal. En consecuencia, la elección popular se realizará en 2028 en lugar de 2027, y las disposiciones transitorias relacionadas quedaron ajustadas para reflejar esa fecha.
- El Tribunal de Disciplina Judicial y el Órgano de Administración Judicial iniciarán funciones cuando rindan protesta las magistraturas que surjan del proceso electoral de 2028.
- El Consejo de la Judicatura del Estado sería declarado extinguido en la misma fecha en que tomen protesta las magistradas y magistrados provenientes de la elección de 2028.
- Las Salas de Circuito continuarán operando hasta la toma de protesta del Pleno del Supremo Tribunal de Justicia seleccionado en 2028.
Contexto y consecuencias para Sinaloa
El cambio revierte la programación aprobada en marzo de 2025, cuando los diputados habían fijado la renovación judicial para 2027. Al desplazar el proceso a 2028, se alinean los plazos locales con la reforma constitucional federal, lo que implica una reconfiguración del calendario institucional y la continuidad temporal de órganos y plazas judiciales hasta la nueva fecha de transición.
Para la ciudadanía y para quienes participan en la administración de justicia, la medida significa que las estructuras internas del Poder Judicial mantendrán su composición vigente un año más del previsto inicialmente, y que los procesos orgánicos vinculados a la transición —como la elección de magistraturas y el establecimiento de órganos disciplinarios— se efectuarán conforme al nuevo cronograma.
Próximos pasos
Con la aprobación del dictamen, los ajustes a los artículos transitorios quedan formalizados en la legislación estatal. Cualquier calendario operativo y los procesos administrativos que deriven de esta decisión dependerán ahora de los plazos y normativas que emanen para preparar la elección de 2028 y la toma de protesta de quienes resulten electos.