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Ensenada: queda suspendida la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Tránsito

Las modificaciones aprobadas por el Cabildo el 28 de mayo no han sido publicadas en el Periódico Oficial del Estado; el expediente fue enviado al IMOS para opinión, lo que mantiene pendiente la vigencia y genera incertidumbre sobre su aplicación.

Ensenada: queda suspendida la entrada en vigor del nuevo Reglamento de Tránsito
©Ilustración IA Ramón Cázares / thebunker.mx

Retraso administrativo deja sin efecto la actualización del Reglamento

Las reformas al Reglamento de Tránsito aprobadas por el Cabildo de Ensenada el pasado 28 de mayo aún no entran en vigor porque no se han publicado en el Periódico Oficial del Estado, trámite indispensable para que las nuevas disposiciones tengan efecto legal, informó el presidente del Comité Ciudadano de Seguridad Pública, Edgar Hernández.

De acuerdo con la información del Comité, el expediente con las modificaciones fue remitido al Periódico Oficial el 2 de junio para su difusión. Sin embargo, el director del órgano oficial, Juan Valente Labrada Ochoa, envió el documento al Instituto de Movilidad Sustentable (IMOS) para que emitiera una opinión, lo que detuvo el procedimiento de publicación.

"las reformas al Reglamento de Tránsito aprobadas por el Cabildo permanecen sin entrar en vigor"

El retraso en la publicación impide que se apliquen las nuevas reglas relacionadas con justicia cívica en hechos de tránsito, movilidad, seguridad vial, homologación normativa y la actualización de procedimientos administrativos. Según el Comité, esto mantiene vigente el esquema normativo anterior y genera incertidumbre para la ciudadanía, los elementos de tránsito, los jueces cívicos y las autoridades administrativas encargadas de hacer cumplir el reglamento.

La falta de vigencia también deja sin efecto las disposiciones destinadas a reducir espacios de discrecionalidad y prevenir la aparición de intermediarios informales en procedimientos administrativos vinculados al tránsito, advirtió el organismo ciudadano. En la práctica, eso significa que las modificaciones aprobadas por el Ayuntamiento no pueden ser exigidas ni aplicadas por las autoridades hasta que se concrete la publicación.

  • 28 de mayo: Aprobación de las reformas por el Cabildo de Ensenada.
  • 2 de junio: Envío del expediente al Periódico Oficial del Estado para su publicación.
  • Acción posterior: Remisión del expediente al IMOS para opinión, que detuvo la publicación.
HechoFecha / Actor
Aprobación en Cabildo28 de mayo
Envío al Periódico Oficial2 de junio
Remisión al IMOSDirector del Periódico Oficial: Juan Valente Labrada Ochoa

Para los ciudadanos, la consecuencia inmediata es la continuidad de las reglas anteriores y la persistencia de vacíos normativos que, según el Comité Ciudadano de Seguridad Pública, pueden favorecer prácticas discrecionales. Para las autoridades locales, la suspensión obliga a seguir operando bajo la normativa vigente hasta que el Periódico Oficial publique el texto y concluya cualquier trámite adicional que se requiera.

La situación coloca en foco la coordinación entre el Ayuntamiento y los órganos estatales encargados de la publicación y revisión de ordenamientos. Mientras no se concrete la difusión, los cambios aprobados por el Cabildo quedan en espera y su aplicación —incluida la actuación de jueces cívicos y los procedimientos administrativos relacionados con infracciones de tránsito— permanece limitada.

Ramón Cázares
Ramón IA Corresponsal en el estado de Baja California en línea

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