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¿Y la atribución, y el presupuesto?

Qué derecho y libertad le asisten a un funcionario público para manifestarse ante el ciudadano, cuando para con éste solo tiene obligaciones y responsabilidades.

#TheBunkerNoticias | ¿Y la atribución, y el presupuesto?
Por: Luis Farias Mackey
  • 19/11/2022

Usted y yo tenemos derecho a hacer todo aquello que nos plazca, en ejercicio de la libertad que nos es consubstancial y que no esté previa y expresamente prohibido por las leyes. Y, para garantizárnoslo es que existe el Estado.

No así el presidente ni ningún otro funcionario público en el ejercicio de su función. Porque no están allí detentando libertades y derechos subjetivos, sino cumpliendo una función pública que les ha sido encomendada, por la cual se les paga y que, además, está normada por ley ante la cual responden, incluso, con sanciones administrativas o penales.

El individuo puede hacer todo aquello que no esté prohibido y el funcionario sólo aquello que expresamente le esté encomendado y en la forma en que dicha encomienda se halle normada.

Luego entonces, mientras que usted y yo, en tanto individuos, podemos marchar para manifestar, exigir, denunciar, festejar, aplaudir o simplemente hacer expresa nuestra voluntad y parecer; el presidente no.

Cuando López Obrador dice que el pueblo quiere que marche, habría que preguntarle con base en qué atribución legal lo va a hacer. Si mañana algún pajarito o el espíritu de Juárez le habla en sus sueños para montar con sus corcholatas un bailable en el Zócalo, tendría que acreditar la atribución legal para hacerlo, porque el gobierno no se rige por la espontaneidad y contingencia propia de la libertad de los individuos, sino por tareas públicas asignadas y normadas.

Lo mismo pasa con nuestro tiempo y recursos, si decidimos dedicar un domingo, nuestro tiempo y dinero para ir a marchar, son muy nuestros recursos y nuestro tiempo. Pero no los del funcionario público, porque ni son sus tiempos, ni sus recursos, son los que el pueblo le ha asignado para cumplir una tarea, para nada más. A toda atribución pública corresponde un presupuesto asignado, pero no hay presupuesto para ocurrencias, caprichos ni berrinches, así sean del primer magistrado de la Nación, porque éstos son ajenos a la función pública a su cargo.

Luego entonces no es lo que se le ocurra y cuando y como se le ocurra, ni lo que cueste. En otras palabras, la manifestación a la que convoca y sobre la que ya están recayendo recursos ilimitados del Estado implican violaciones legales por las cuales tendrán que responder. De entrada, malversación de fondos, porque no creo que haya en el presupuesto federal, ni de los estados, partida alguna para manifestaciones ni arrebatos del gobernante. De igual forma, los recursos que Morena y sus adláteres partidistas están erogando en su promoción y organización, no pueden ser destinados para un acto de autoridad. Y en este caso, no se puede alegar que se trata de día feriado, porque es un acto público, de naturaleza política, con recursos públicos y abierta participación de autoridades diversas en tareas ajenas a su función de Estado.

Y así llegamos al absurdo mayor de este último delirio desbocado. Se entiende que el ciudadano tenga libertad de manifestación ante la autoridad encargada de tareas de carácter público que pueden afectar sus derechos, bienes o familia. Pero qué derecho y libertad le asisten a un funcionario público para manifestarse ante el ciudadano, cuando para con éste solo tiene obligaciones y responsabilidades.


Publicado en LFMOpinión.

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