Loretta Ortiz, Yasmín Esquivel, y Alberto Pérez Dayan se oponen a la desaparición de la medida cautelar.
canva.com
Este lunes se discutió en el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) sobre la constitucionalidad y convencionalidad de la prisión preventiva oficiosa y de momento tres de cinco ministros se oponen a la extinción de la medida cautelar: Loretta Ortiz, Yasmín Esquivel, y Alberto Pérez Dayan.
Esto fue lo que manifestaron al respecto:
Loretta Ortiz:
“Cuando está en conflicto una norma federal frente a la Constitución y que están contradiciéndose, prima la Constitución; igual en el caso de un tratado, si está en conflicto y si son contradictorios un Tratado internacional con la Constitución, prima la Constitución, no el Tratado internacional.
“A mi parecer, la inaplicación de una norma constitucional por parte del Poder Judicial de la Federación es una cuestión sumamente delicada que incluso nos llevaría a cuestionarnos el principio de división de poderes y los principios democráticos del Estado mexicano.
"Sería una falacia que, al tiempo que estamos llamados a proteger la ley suprema de toda la Unión, debamos desaplicarla".
Alberto Pérez Dayan:
“No me corresponde asumir una tarea que no se me otorgó, no soy quién para desprender hojas a la Constitución.
"Tampoco tengo argumentos para afirmar que la inaplicación o invalidez de un dispositivo constitucional pudiera alcanzarse en este Alto Tribunal con la votación de ocho de sus integrantes como se requiere para hacerlo respecto de normas generales secundarias. La Carta fundamental nada dice al respecto, simplemente no lo dice porque ese supuesto, invalidar la Constitución no existe en su texto, es decir, no está prevista esa posibilidad".
Yasmín Esquivel:
“No estoy de acuerdo en que debe inaplicarse la Constitución y porque, en mi opinión, debe darse a lo que ella dispone, de acuerdo con el principio de supremacía constitucional.
"La prisión preventiva oficiosa podrá o no gustarnos, podrá o no parecernos excesivo el listado de delitos de los cuales la Constitución ordenó que se aplique, pero no somos nosotros, las ministras y ministros de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, a quienes corresponde revisar este catálogo de delitos o bien si es necesario eliminarla de plano de la Constitución, porque, en todo caso, esa facultad, exclusivamente le compete al Constituyente Permanente, que es el único facultado para ponderar si es o no oportuno cambiar el texto constitucional".
Por su parte, Luis María Aguilar, quien junto con Juan Luis González Alcántara son los promoventes de la iniciativa, aseguró que el proyecto no pretende la eliminación de este recurso judicial, sino que debe ser dictada por un juez cuando esté debidamente justificada por el Ministerio Público. Dicho de otro modo, debe limitarse.
“No se propone que la prisión preventiva desaparezca, sino que solo se dicte por el juez siempre y cuando el Ministerio Público Justifique las razones. La insistencia es: la prisión preventiva seguirá, pero de manera justificada”, manifestó el ministro.
Además, Aguilar Morales señaló que la prisión preventiva oficiosa atenta contra los Derechos Humanos e impacta de forma negativa al sistema penal y a la sociedad, razones por las cuales argumenta que debe ser excepcional y apegada a los principios de legalidad, presunción de inocencia, de necesidad, de proporcionalidad y estar sujeta a un periodo razonable.
Se prevé que la discusión en torno a la desaparición de este recurso penal continúe mañana martes y arrancaría con la intervención del ministro Jorge Mario Pardo Rebolledo.
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