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El plazo máximo para expedirla venció el 25 de noviembre de 2021; tiene un retraso de casi siete meses.
La Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) hace un llamado al Congreso de la Unión para que expida, sin mayor demora, la Ley General de Seguridad Privada toda vez que la seguridad privada es considerada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) como coadyuvante de la seguridad pública.
Cabe destacar que la profesionalización y regulación de las empresas de seguridad privada y la incorporación de este sector a procesos y mejores prácticas que beneficien a todos los mexicanos, por ello, es urgente que se expida la Ley de Seguridad Privada para así contar con la regulación secundaria que haga realidad el texto constitucional.
En la última década, la realidad social y de seguridad pública rebasó la obligación constitucional del Estado Mexicano, lo que dio pie a la proliferación de empresas de seguridad privada, con todo tipo de distorsiones en la actividad de un sector que representa a más de 8 mil empresas, emplea a más de 600 mil colaboradores, y representa aproximadamente el 2% del Producto Interno Bruto (PIB).
Frente a esta situación, el 11 de marzo de 2021 se aprobó una iniciativa de reforma constitucional al artículo 73 para efecto de facultar al Congreso de la Unión para legislar y expedir la Ley General de Seguridad Privada, cuyo ordenamiento fue publicado el 28 de mayo de 2021 en el Diario Oficial de la Federación, tras el visto bueno de la mayoría de los congresos locales, como lo dicta la ley.
La ley pretende regular la seguridad privada en: la homologación de un permiso único a nivel nacional con el objetivo de crear un registro nacional de las empresas que prestan el servicio en uno o varios estados, establecer la distribución de competencias que tendrán la federación, los estados y los municipios en la materia y las sanciones tanto para empresas como para usuarios que contraten empresas que no cuenten con la autorización correspondiente.
Es fundamental que se expida esta ley para que exista una efectiva y adecuada regulación y se lleve a cabo el registro nacional de empresas del ramo, pues actualmente solo se realiza cuando una empresa tiene actividad en dos o más entidades, pero cuando labora solo en una, solo tiene la obligación de llevar a cabo su inscripción ante la entidad federativa en la que presta el servicio.
Regular y atender la operación de las empresas de seguridad privada es sumamente importante, pues la SCJN estableció que la seguridad privada es coadyuvante de la seguridad pública:
“Los servicios de seguridad prestados por empresas privadas junto con las instituciones de seguridad pública forman parte de un sistema de seguridad pública que funciona por colaboración entre éstas y aquellas, las cuales, sin subsumirse, en las funciones del Estado, coadyuvan con él.”
De acuerdo con la Coparmex, es necesario contar con un marco jurídico adecuado para el mejor desarrollo de este sector, y hacen un llamado al Congreso de la Unión para expedir la Ley General de Seguridad Privada que, sin duda, dotará de mayores herramientas de coordinación, seguimiento y control a las autoridades de los tres ámbitos de gobierno, en favor de los ciudadanos.
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