Desde el presidente y Jesús Ramírez, hasta Mario Delgado pasando por casi todo el aparato burocrático federal y estatal, el Tribunal Electoral haya violaciones a la Constitución y leyes en 2021 y lo que va del 2022.
te.gob.mx
La justicia pronta y expedita determinó lo que todo mundo ya sabía: López Obrador transgredió el principio de neutralidad, utilizó recursos públicos de manera indebida y violó la Constitución durante las elecciones de 2021.
La Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), en su sesión de ayer jueves, y a raíz de una denuncia Acción Nacional (PAN) sobre presuntas irregularidades cometidas por el mandatario nacional en las elecciones intermedias del 2021, por mayoría determinó violaciones constitucionales por parte del titular del Ejecutivo federal, además de promover logros y acciones, la mayoría de las veces en sus conferencias mañaneras, entre el 5 de abril y 2 de junio del año pasado, interviniendo de manera ilegal en el proceso electoral más grande de la historia del país.
Desde los procesos electorales de 2019, las autoridades electorales han acreditado infracciones a la Constitución por parte del mandatario nacional y se le han hecho llamados a respetar la legislación. Sin mucho éxito hasta el momento.
En los procesos electorales federal y locales del año pasado, en los cuales estuvieron en juego seis gubernaturas, López Obrador fue denunciado en múltiples ocasiones por cometer el mismo tipo de faltas: difundir propaganda en periodo prohibido, transgredir el principio de imparcialidad y uso indebido de recursos públicos.
En tiempo presente, apenas el pasado miércoles, el presidente dedicó más de media hora para fijar posicionamientos sobre los comicios para renovar el Ejecutivo de Hidalgo.
Regresando al 2021, la magistrada Gabriela Villafuerte destacó que “además hay un uso indebido de la imagen del presidente de México como recurso público, en cuanto a su investidura”.
El magistrado presidente Rubén Lara Patrón, por su parte, señaló: “Se determina la existencia de la vulneración al principio de imparcialidad y el uso indebido de recursos públicos”.
Así, la Sala Especializada impuso multas a varias concesionarias de radio y televisión públicas y privadas, por replicar las conferencias mañaneras, en las que se acreditó emisión de propaganda en periodo prohibido.
Pero los magistrados determinaron que el presidente no incurrió en promoción indebida de propaganda gubernamental durante el periodo de revocación de mandato.
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