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Con cuatro votos a favor, la Corte ratificó la reforma eléctrica avalada en marzo de 2021 e impulsada por Andrés Manuel López Obrador.
Gabrieldrogba11, CC BY-SA 3.0 creativecommons.org/licenses vía Wikimedia Commons
El Pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) ya decidió en torno a la constitucionalidad de la prevalencia y preferencia a la Comisión Federal de Electricidad (CFE) en la producción y comercialización de energía eléctrica por sobre la iniciativa privada.
Con cuatro votos a favor, la Corte ratificó la reforma eléctrica avalada en marzo de 2021 e impulsada por Andrés Manuel López Obrador.
Fueron lo votos de los ministros Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena, Yasmin Esquivel Mossa, Loretta Ortiz Ahlf (ponente) y Arturo Zaldívar los que favorecieron la reforma, ello a pesar de que otros siete jueces afirmaron que el precepto viola abiertamente el régimen de libre competencia en generación y comercialización de energía, y de transición hacia energías limpias, previsto en la Constitución desde 2013.
Al respecto, el ministro presidente, Arturo Zaldívar, dijo:
“La intención del legislador fue garantizar la confiabilidad y la seguridad del sistema eléctrico a través de, entre otras medidas, el fortalecimiento de la CFE, sin duda alguna contar con un acceso confiable, seguro y continuo al servicio de la energía eléctrica. No solo es un fin constitucionalmente válido, sino que se trata, incluso, de un fin constitucionalmente imperioso. Garantizar la continuidad y la seguridad en el servicio público de energía eléctrica es una condición necesaria para el ejercicio de muchísimos derechos fundamentales”.
Y en torno a ello Yasmín Esquivel sostuvo:
“No debemos suponer conjeturas sobre la viabilidad económico-medioambiental de la aplicación de las normas reclamadas, pues para mí, lo relevante, es que los productores privados tienen la posibilidad de seguir participando en el mercado eléctrico, seguramente con un nuevo plan de negocios, como sucede en todo el mundo empresarial, porque la Constitución nunca dispuso que los particulares tuvieran una jugosa tasa de retorno, así como un sencillo retorno de su inversión y, en cambio, en lo que sí fue muy claro el constituyente fue que en la legislación secundaria debería garantizar el objeto de la CFE que fuera la creación del valor económico en beneficio de los mexicanos”.
Cuatro de los principales artículos impugnados sólo tuvieron seis votos por la invalidez, mientras que dos tuvieron siete votos, incluido el artículo 26, el que más preocupa al sector empresarial dado que ordena y otorga preferencia a plantas de CFE por sobre las de la IP.
Tras cerca de seis horas de sesión, los ministros concluyeron la discusión del primero de tres recursos presentados contra la también llamada "Ley Bartlett" y será hasta el próximo 18 de abril cuando se atiendan los asuntos restantes.
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