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INE y TEPJF uno, 4T cero

Una interpretación a la Constitución no puede reformarla y menos abrogarla. Proceden sanciones a funcionarios que han hecho propaganda: Tribunal Electoral.

#TheBunkerNoticias | INE y TEPJF uno, 4T cero
Por: Redacción
  • 29/03/2022

Ayer, cerca de las once de la noche, el tribunal electoral confirmo la inaplicabilidad del decreto sobre propaganda política gubernamental para la revocación.

Por ser contrario a la Constitución y para dar certeza al proceso de revocación de mandato, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF), declaró inaplicable el decreto aprobado por la mayoría de Morena con el que reinterpretaban los términos de propaganda gubernamental e imparcialidad.

La sala también confirmó que el desplegado de los gobernadores de la cuarta transformación podría ser contrario a la Constitución.

Cerca de las 23:00 horas, cinco de los magistrados votaron a favor del proyecto del magistrado Felipe de la Mata Pizaña para declarar inaplicable este decreto, con los votos en contra del magistrado José Luis Vargas Valdez —quién lo fuera a dudar— y la magistrada Mónica Soto.

Algunos magistrados solicitaron al ponente hacer ajustes de forma en los que aclare que este análisis era pertinente por parte de la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, dada la cercanía de la jornada de votación el próximo 10 de abril, que demanda de certeza en las reglas con que se llegará a esa fecha.


En la sentencia se determina que “el decreto de interpretación auténtica es inaplicable a los casos de revocación de mandato, lo que incluye las controversias que surjan en el desarrollo del actual proceso, ya sea en sede cautelar o en el análisis de fondo”.

Con este planteamiento la Sala Superior valida que el Instituto Nacional Electoral (INE) continúe emitiendo medidas cautelares y tutelas preventivas en contra de aquellos funcionarios que violen esta restricción constitucional, lo que incluye ordenarles retirar mensajes en redes sociales o suspender las transmisiones de algunas conferencias de prensa mañaneras en las que el propio presidente Andrés Manuel López Obrador violente sus deberes constitucionales.

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Otra funcionaria que no quedará muy contenta con esta resolución es la jefa de gobierno, Claudia Sheinbaum, quien se distingue por pretender ser siempre y en todo momento más obradorista que el propio López Obrador y ha insistido en violentar y hasta burlarse de las determinaciones del INE.

La resolución destaca que al pretender hacer una interpretación auténtica, el legislador “trasgredió los dos límites de jurisprudencia ya marcados por la Suprema Corte de Justicia de la Nación”: que sólo se trate de una aclaración e interpretación semántica ante palabras que generaran confusión, sin que esto implicara una modificación a su sentido constitucional; y que el ajuste no fuera contrario a lo que dice el texto constitucional.

“La interpretación auténtica no puede ser contraria al texto constitucional. Por lo que debe tenerse en cuenta que la prohibición general de la difusión de propaganda gubernamental durante el periodo de revocación de mandato que va desde la convocatoria hasta la conclusión de la jornada, es de raigambre constitucional.

“En el texto constitucional existe el mandato de suspensión de toda clase de propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno, lo cual incluye a los poderes públicos, los órganos autónomos, las dependencias, las entidades de administración pública y cualquier otro ente de gobierno durante el proceso de revocación de mandato”.

Además, el decreto iba en contra del artículo 105 que establece que las leyes y reglas electorales se deben emitir 90 días antes de que inicien los procesos electorales, mientras que al día de hoy, faltan 13 días para al votación de revocación de mandato del Presidente de la República.

Aquellos servidores públicos que hayan promovido la revocación basándose en este decreto, e incluso los funcionarios que participaron en la inauguración del Aeropuerto Internacional Felipe Ángeles, podrían ser amonestados por violar las restricciones de propaganda.

Las sanciones para todos los implicados se resolverán en la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación, basándose en la determinación de este lunes de la Sala Superior.

Con información de Milenio.

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