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Severo revés al PANAUT

La Corte confirma la suspensión definitiva otorgada en contra de la entrega de datos biométricos por usuarios de telefonía móvil. Los amparos resolverán el fondo de la litis sin afectar derechos hasta que se determine la constitucionalidad de la regla.

#TheBunkerNoticias | Severo revés al PANAUT
Por: Redacción
  • 21/10/2021

El Padrón Nacional de Usuarios de Telefonía Móvil (PANAUT) recibe otro revés: ayer la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) confirmó la suspensión dictada en su contra, y bajo suspensión continúan ahora los amparos presentados en su contra para resolver el fondo de la litispendencia.

Así lo dio a conocer el Instituto Federal de Telecomunicaciones (IFT).

En efecto, la Primera Sala de la Corte confirmó por cuatro votos a favor y uno en contra, la suspensión a la obligación de instalar, operar, regular y mantener la iniciativa la cual permitía exigir datos biométricos de los usuarios de teléfonos celulares.

"Esta suspensión permite salvaguardar el mandato constitucional del IFT como regulador y garante, en su ámbito de competencia, de los Derechos Humanos contenidos en los artículos 6° y 7° constitucionales", mencionó el IFT al participar del resolutivo.

La suspensión “impide que se obligue al IFT a implementar un modelo regulatorio que inhibe y condiciona un acceso libre y sin injerencias arbitrarias a los servicios de telecomunicaciones".


El IFT aprovechó para poner en claro que, como parte del Estado mexicano, es su deber "garantizar y propiciar el derecho de acceso a las tecnologías de la información y a los servicios de telecomunicaciones" a todos los mexicanos.

La resolución, consideró el organismo, apoyará a que estos aspectos sean conocidos y resueltos "sin que el PANAUT entre en vigor", y, por tanto, se generen afectaciones adicionales a los usuarios de telefonía móvil, pues impide aplicar la medida de requerirles sus datos biométricos para contar con el servicio, hasta entonces se resuelva su constitucionalidad o bien la violación a la Carta Magna de la medida bajo juicio.

Como se sabe, la reforma legal, hoy impugnada, exige un padrón de datos biométricos de los usuarios de teléfonos móviles, lo que implicaría que concesionarios y gobierno dejarán sin servicio a quienes no proporcionen sus datos en un plazo de dos años para líneas preexistentes y de seis meses para nuevas.

El presidente López Obrador defendió el padrón con el argumento de combatir extorsiones y crimen organizado a costa de los Derechos Humanos y privacidad del ciudadano.

Contra la medida se interpusieron amparos y el 27 de abril éstos obtuvieron suspensión definitiva por parte del Juzgado Segundo de Distrito en Materia Administrativa, Especializado en Competencia Económica, Radiodifusión y Telecomunicaciones, que consideró que la norma "viola derechos de usuarios y no disminuirá los delitos".

Suspensión que fue recurrida y ayer confirmada en sus términos por la Primera Sala de la SCJN, y así, suspendida habrá de resolverse en su fondo para evitar que mientras se juzga pueda aplicarse con consecuencias irreparables para el ciudadano.

Adicional a todo esto, el IFT no cuenta con recursos para cumplir el mandato legislativo de poner en marcha el registro del PANAUT con cargo a su presupuesto, cada vez más recortado, no únicamente por austeridad, sino por ser un órgano autónomo.

“El IFT no cuenta con los recursos para cumplir el mandato legislativo de poner en marcha el registro del PANAUT con cargo a su presupuesto. La totalidad de los recursos presupuestales aprobados por la Cámara de Diputados para el presente ejercicio fiscal 2021, están asignados a las funciones que mandata la Constitución a este órgano regulador”, indicó en su momento en un comunicado.

Con información de El Sol de México.

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