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Inconstitucional reconocer la vida a partir de la concepción: SCJN

Las mujeres y personas gestantes tienen derecho a la autonomía reproductiva.

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Por: Redacción
  • 09/09/2021

Este jueves, la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) calificó con carácter de inconstitucional el reconocimiento de la vida humana desde el momento de la concepción, el cual fungía como argumento principal por autoridades para perseguir y castigar a mujeres que optan por la interrupción de su embarazo.

La Sala Superior de la SCJN invalidó la porción normativa del artículo 4° Bis A, fracción I contemplada en la Constitución de Sinaloa, la cual considera en igual equivalencia los derechos de una persona nacida con un producto no nato resultado de la fecundación en sus diferentes etapas: embrión, zigoto o feto.

"Es inválida la disposición de la Constitución de Sinaloa que tutelaba el derecho a la vida desde la concepción toda vez que las entidades federativas no tienen competencia para definir el origen de la vida humana, el concepto de 'persona' y la titularidad de los Derechos Humanos" mencionó el órgano autónomo judicial por medio de su cuenta de Twitter.


En ese tenor, el proyecto del ministro Alfredo Gutiérrez Ortiz Mena define que la acción de inconstitucionalidad es procedente, argumentando que este tipo de cláusulas en constituciones locales resultan inadmisibles a los ojos de la Carta Magna.

“Todo nuestro sistema legal, con sus obligaciones y derechos, está atado al concepto de ‘persona’ y este concepto siempre presupone de un ser humano nacido. Esto demuestra que aseverar que el embrión o feto son personas, implica adoptar una aproximación extremadamente inarticulada con el resto del mundo jurídico”.

Por medio de un comunicado, la SCJN no rechaza la protección del producto de la gestación, misma que se incremente en la medida que avanza el embarazo; sin embargo, enfatiza que esa protección no puede ir en menoscabo de los derechos y libertad reproductiva de mujeres y personas gestantes, así como a su autonomía y derecho a decidir.

De igual forma, indica que los esfuerzos del Estado deben encaminarse a proteger efectivamente los derechos reproductivos de mujeres, ocupándose en la continuidad de los embarazos deseados y la protección prenatal y obstétrica.

La resolución se da en el marco de eventos recientes dentro de la SCJN, la cual declaró como inconstitucional la penalización total del aborto.

Por si te interesa: Histórica decisión de la SCJN; se despenaliza el aborto a nivel nacional.


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