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Fijación de precios máximos en gas viola Ley de Mejora Regulatoria, Coparmex.

Para la Confederación Patronal Mexicana (COPARMEX), la fijación de precios máximos al gas LP violó la Ley de Mejora Regulatoria y se procesó sin escuchar a los interesados. Todo ello habrá de impactar en inversiones y confianza.

#TheBunkerNoticias | Fijación de precios máximos en gas viola Ley de Mejora Regulatoria, Coparmex.
Por: Redacción
  • 02/08/2021

Para la Confederación Patronal Mexicana el aumento de precios al gas violenta la Ley de Mejora Regulatoria y habrá de afectar la reactivación económica.

Para la Coparmex el alza en precios de gas es algo que afectara irreversiblemente la inversión actual y futura en el sector.

Es lamentable que el proyecto no cuente con el aval técnico de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece), la cual debe de determinar primeramente que no existen las condiciones de competencia en el mercado de gas LP.

Además, la medida de precios máximos puede contravenir diversas leyes federales en materia de hidrocarburos: “La regulación presentada por la CRE y avalada por la Conamer para su publicación el mismo día en el Diario Oficial de la Federación, pudiera provocar afectaciones irreversibles para la inversión y participación de nuevos actores, lo cual juega en contra de la urgente reactivación económica y la competitividad del país”, según el parecer de la Coparmex.

Para la confederación de patrones, la metodología para imponer precios máximos al gas LP se realizó en forma exprés, en fast track, e incumpliendo la Ley de Mejora Regulatoria, como ha venido sucediendo con regularidad en los proyectos vinculados al sector energético.

A juicio de la Coparmex, el proyecto de precios máximos que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) presentó a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) no debió tratarse de un Análisis de Impacto Regulatorio (AIR) de Emergencia, toda vez que se trata de un asunto relativo a precios del combustible que responden a una evolución natural y ello no representa un riesgo inminente para la población. Al hacerlo así, “la propuesta incumple con la Ley de Mejora Regulatoria para ser clasificada como Análisis de Impacto Regulatorio de emergencia”.

Finalmente, para la representación patronal, “la regulación obtuvo un proceso exprés por parte de la Conamer ya que fue publicada el mismo día en que se recibió, con lo cual quedó cancelada toda posibilidad de hacer un análisis de impacto y su respectiva consulta pública. Como hemos advertido anteriormente, la aprobación “fast track” es recurrente en proyectos vinculados al sector energético”.

Ese carácter emergente y exprés impidió que los particulares dieran sus opiniones sobre la regulación, porque el proyecto no se sometió a consulta pública, al darse el dictamen total final, por parte de la Conamer en cuestión de unas cuantas horas.


Con información de El Universal.


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