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Coparmex, insuficiente la nueva prórroga en outsourcing

Las empresas que han podido ser atendidas por las instancias federales en sus trámites para actualizarse a la nueva legislación en subcontratación representan menos de la mitad de las 387 mil faltantes. Coparmex considera insuficiente la nueva prórroga.

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Por: Redacción
  • 02/08/2021

Muchas empresas no han podido acceder a las instancias institucionales para ponerse al día con la nueva legislación en outsourcing, en virtud de que las capacidades de las áreas responsables están rebasadas desde hace meses.

Y si bien en el periodo extraordinario del viernes pasado se amplió el plazo en un mes más, a todas luces se aprecia insuficiente.

La Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex) sostiene como “insuficiente” la prórroga de un mes para la implementación de la reforma.

La información es de Forbes México y reporta que, según la Coparmex, el número de empresas pendientes de actualizar su situación es superior a las 387 mil.

Para la Coparmex el nuevo plazo otorgado de un mes de prórroga para la entrada en vigor de los nuevos lineamientos sobre outsourcing sigue siendo “insuficiente”, pues dijeron que era necesario al menos cinco meses, como originalmente proponía Acción Nacional.

“Valoramos el esfuerzo realizado por los legisladores para otorgar una prórroga de 31 días a la implementación de la reforma a la Ley de Subcontratación prevista para entrar en vigor este 1 de agosto; aunque consideramos que la extensión al 1 de septiembre es insuficiente”, dijo la organización patronal mexicana en un comunicado.

El viernes pasado ambas cámaras del Congreso de la Unión aplazaron un mes más la entrada en vigor de los nuevos lineamientos de subcontratación, la cual solo se permitirá en servicios especializados.

Ante ello, la Coparmex insiste en que el periodo autorizado no es suficiente para que las más de 387 mil compañías que enfrentan problemas operativos o técnicos —para estar al corriente como lo pide la reforma en materia de subcontratación— logren solventar en tiempo y forma los requerimientos normativos: “Reiteramos que lo deseable para alcanzar una solución definitiva a los inconvenientes detectados en las diferentes dependencias para concluir con los trámites, era que se homologara el plazo entre las empresas públicas y privadas, toda vez que las primeras tienen hasta el primero de enero de 2022 para cumplir con la reforma”, menciona el comunicado.

Coparmex dispuso apoyos de sus agremiados para cumplir con la reforma en materia de subcontratación, por lo que les piden se acerquen a la Confederación para que reciban asesoría oportuna y logren solventar los requerimientos estipulados en la ley.

Originalmente la reforma debió de entrar en vigor ayer, primero de agosto, pero se difirió para el primero de septiembre. Las reformas en cuestión afectan a varias legislaciones, entre ellas, leyes Federal del Trabajo, del Seguro Social, del Instituto del Fondo Nacional de Vivienda para los Trabajadores, al Código Fiscal de la Federación, a la del Impuesto sobre la Renta, a la del Impuesto al Valor Agregado y a la Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado.

Las más de 387 mil empresas emplazadas a actualizar su situación contractual tendrán hasta el primero de septiembre para:

- Registrarse ante la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STPS). Este registro se debe renovar cada tres años y para obtenerlo, la empresa deberá estar al corriente en sus obligaciones fiscales y de seguridad social.

- Empezar a proporcionar la información sobre los contratos celebrados en el cuatrimestre que se trate, como su nombre, denominación o razón social; Registro Federal de Contribuyentes, domicilio social o convencional en caso de ser distinto al fiscal, correo electrónico y teléfono de contacto.

Aquellos patrones que hubiesen solicitado al Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) la asignación de uno o más registros patronales por clase para realizar la inscripción de sus trabajadores a nivel nacional, tendrán hasta esa fecha para dar de baja dichos registros patronales.

No será requisito la transmisión de los bienes objeto de la empresa o establecimiento hasta el 1 de septiembre de 2021, siempre que la persona contratista transfiera a la persona beneficiaria a los trabajadores en dicho plazo. En todo caso se deberán reconocer los derechos laborales, incluida su antigüedad, que se hubieran generado por el efecto de la relación de trabajo.

El principal problema, se alega, es la incapacidad de las dependencias federales para atender los requerimientos empresariales con motivo de las nuevas obligaciones por el nuevo modelo de subcontratación.

Con información de Forbes México.


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