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La Confederación Patronal de la Republica Mexicana solicitó al Gobierno de la Republica que la entrada en vigor de los cambios de la ley de subcontratación se extienda a finales de 2021 en beneficio de los trabajadores.
Twitter / @JoseMedinaMora
Los cambios realizados en la Ley de Subcontratación entran en vigor el 1 de agosto de 2021, fecha que para el presidente de la Confederación Patronal de la República Mexicana (Coparmex), José Medina Mora Icaza, es insuficiente para las empresas y, de no existir voluntad política por parte del Gobierno Federal para ampliar el plazo, tres millones 100 mil trabajadores quedarán indefensos.
“Les solicitamos que la ampliación planteada sea tal que se homologue el plazo al 1 de enero de 2022, con la finalidad de que tanto el sector público como el sector privado podamos cumplir cabalmente con las medidas contenidas en la reforma aprobada”, sostuvo el presidente de la Coparmex.
En realidad, es el Poder Legislativo quien tiene en sus manos la posibilidad de reformar el decreto aprobado para modificar los artículos transitorios donde se establecen los tiempos.
Cabe destacar que en la pasada sesión de la Comisión Permanente se presentaron dos iniciativas que van en ese sentido: la primera fue por parte de la Senadora Kenia López Rabadán del PAN, quien presentó la iniciativa de ampliar el plazo establecido al 1 de enero de 2022; y la segunda por parte del Senador Ricardo Monreal de Morena, quien pretende ampliar por 30 días más.
Medina Mora sostuvo que las empresas con ánimo de ajustarse a la reforma han trabajado en la regulación que se solicita; sin embargo, ha sido complejo el proceso con los plazos tan reducidos y que el trato es discriminatorio en comparación a las entidades de gobierno, pues estas tienen hasta el 10 de enero de 2022 para regularizarse.
El Poder Judicial de la Federación otorgó suspensiones provisionales a las empresas que interpusieron demandas de amparo con respecto a los tiempos que se establecen en los artículos transitorios de la ley que regula el outsourcing, considerando que los artículos transitorios son violatorios a los artículos primero y cuarto de la Carta Magna.
Con información de Forbes México.
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