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El desafuero de Cabeza de Vaca ha derivado en juicio sobre competencias legislativas y cláusula federal, a la luz de “consideraciones interpretativas de cierta envergadura”, según parecer de la ministra Piña Hernández, en reclamación de Gertz Manero.
Twitter: @fgcabezadevaca
En el fondo lo que se discute es el federalismo, su funcionalidad y vigencia. Eso es lo que se juega en el caso del desafuero del gobernador Cabeza de Vaca. Al menos a ello derivó el asunto: no si es o no culpable del delito de defraudación fiscal equiparada, único que pudo ser probado ante la Sección Instructora de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión, sino si la determinación de ella, tratándose del caso de un gobernador, debe o no ser ratificada por el Congreso local de que se trate, o simple y llanamente debe obedecerla y aplicarla.
Como se sabe el ministro González Alcántara es de la segunda idea, de que los congresos locales forman parte sustantiva del proceso legislativo del desafuero y tiene voz y voto, razón por la cual, desechando una controversia, confirmó la resolución del Congreso de Tamaulipas por la cual no homologaba la resolución de la cámara federal y dejaba incólume el fuero del gobernador Cabeza de Vaca.
Contra ello la Fiscalía General de la República (FGR) presentó una reclamación ante la Primera Sala de la Corte, misma que fue turnada a la ponencia de la ministra Norma Lucía Piña Hernández y quien está próxima a llevar a consideración de los ministros que integran dicha Sala un proyecto de resolución que, hasta donde se sabe, resuelve en el sentido de definir si las resoluciones de la Cámara de Diputados del Congreso de la Unión en materia de desafuero (declaración de procedencia) son discutibles o son inatacables.
Con información de Milenio y pluma de Rubén Mosso, sabemos que el proyecto en cuestión detalla: “(…) esta Primera Sala considera que, a primera vista, es discutible si este criterio y la norma constitucional a que alude, que establece la inatacabilidad de las resoluciones de la Cámara de Diputados en las declaratorias de procedencia, es aplicable al caso, pues como se pone de manifiesto de la lectura de la demanda, lo que pretende cuestionar la legislatura local no es, aparentemente, la declaratoria de procedencia en sí misma, es decir, el juicio de la Cámara de Diputados respecto de la pertinencia de someter, de inmediato, al gobernador de Tamaulipas (Francisco Javier García Cabeza de Vaca) a juicio penal, sino el efecto que a su parecer se imprimió a esa declaratoria y le priva de su competencia en el procedimiento previsto en el artículo 111, párrafo quinto, constitucional”.
Es decir, no si Cabeza de Vaca puede o no ser sometido a juicios (desafuero), sino si el Congreso Local tiene competencia alguna en el procedimiento de declaratoria de procedencia previsto en el 111 constitucional. ¿Hasta dónde opera el federalismo en casos de desafuero de funcionarios locales.
Ahora bien, lo que está en juicio de la Primera Sala, no es el desafuero o la competencia del Congreso de Tamaulipas, sino el Acuerdo de Desechamiento del ministro González Alcántara. Y así, en principio, para la ministra Piña Hernández el agravio hecho valer por el Fiscal Gertz Manero es fundado, en cuanto a que es improcedente el acuerdo de desechamiento de Juan Luis González Alcántara Carrancá, por no ser el desechamiento de procedencia notoria ni manifiesta, por lo que no debió desecharse la acción jurídica, sino admitirse a trámite.
Para la ponente la causa de desechamiento ni es notario ni manifiesta, por advertirse un principio de agravio consistente en la posible violación de las competencias constitucionales del poder Legislativo federal, así como una cláusula federal, léale federalismo, y, por tanto, para resolver esta cuestión deben atenderse "consideraciones interpretativas de cierta envergadura, que solo pueden procesarse por un órgano colegiado y en el momento deliberativo adecuado, que es el de dictar sentencia de fondo.
Y es así como la persecución del gobernador Cabeza de Vaca, sin prejuzgar aquí responsabilidades, ha derivado a llevar al federalismo al banquillo de los acusados. Sin querer queriendo, el siglo XIX regresa por sus fueros y, centralismo y federalismo, llegan hasta la Corte. Corte que, por cierto, carga sus propias crisis internas y acechos externos.
Finalmente, estamos ante un juicio en el que habrán de discutirse temas de procedimiento, vericuetos propios de abogados litigantes, que ganan por vicios procedimentales y no por los méritos propios del fondo del asunto en cuestión.
Con Información de Milenio.
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